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Tarifas para servicios de Delivery (Retiro) y Drop Off (Entrega)

Desde Hasta Precio (CLP)
Puerto Montt Centro Puerto Varas $ 15.000
REQUISITOS
  • Licencia de conducir válida en el país. 
  • Pasaporte y/o documento de identidad válido. 
  • Tarjeta de crédito (con cupo suficiente para cubrir la garantía).
  • Edad mínima de 21 años.
COSTOS ADICIONALES

Algunos de los siguientes ítems podrían representar costos adicionales al valor de arriendo diario del vehículo: 

  • Permiso para circular por Argentina
  • Retiro o entrega del vehículo en localidades donde no tenemos sucursales
  • Impuesto al valor agregado (IVA)
  • Accesorios
FORMAS DE PAGO

Usted puede pagar el arriendo de cualquier forma a excepción de Cheque.

SEGURO

Contamos con seguro de 10 UF + IVA o proporcional a los daños en caso de siniestro. Este seguro, adicionalmente cuenta con asistencia en ruta.

CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS

PRIMERO: Arriendo: Por el presente instrumento, Inversiones Dos Mil LTDA. —en adelante la arrendadora-da y entrega en arrendamiento a la persona individualizada en el documento "condiciones particulares" o en el anverso de este documento —en adelante el cliente o el arrendatario-quien acepta para sí, el vehículo individualizado en dichas condiciones particulares, para el uso de éste según las características propias del vehículo, por el precio, duración y demás condiciones pactadas en la condiciones particulares y las contenidas en el presente instrumento, que el cliente declara conocer. 

SEGUNDO: Entrega del vehículo:
 La arrendadora entrega en este acto el vehículo individualizado en las condiciones particulares, en perfecto estado de funcionamiento tanto mecánico, eléctrico, de carrocería, como asimismo con todos sus accesorios, placa patente, equipo de seguridad, neumático de repuesto, y en general en perfecto estado para su uso. El vehículo se entrega además con todos los documentos requeridos para su circulación, a saber, permiso de circulación, certificado de revisión técnica, de revisión de gases, seguro obligatorio, y de inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados. El cliente, en este acto, declara recibir en plena conformidad el vehículo y se obliga a portar los documentos requeridos para su circulación, así como su licencia de conductor y documento de identidad. El vehículo se entrega así mismo con la cantidad de combustible especificadas en las condiciones particulares, debiendo ser entregado con la misma cantidad de combustible o debiendo pagar la diferencia. 

TERCERO: Condiciones de uso:
 El cliente destinara el vehículo para su propio uso o para quienes este designe como conductores adicionales, estándole prohibido subarrendarlo y utilizarlo para un uso comercial o para cualquier otro distinto al establecido en las condiciones particulares o generales. El cliente deberá utilizar el vehículo de acuerdo a las características que este lo permite según las especificaciones y recomendaciones del fabricante, terrenos inadecuados, para remolcar otros vehículos y para cualquier uso para el que no esté especificado el vehículo. El cliente se obliga a cuidar adecuadamente el vehículo, revisando periódicamente sus niveles de aceite, agua, hidráulicos y en general a velar por el cuidado, mantención y correcto funcionamiento del vehículo. El cliente deberá comunicar de cualquier avería o desperfecto a la arrendadora y no podrá realizar reparaciones por sí mismo. Las reparaciones deberán realizarse en servicio técnico o taller mecánico autorizado por la arrendadora, previo acuerdo escrito de esta. 

CUARTO: Precio:
 El precio del presente contrato es el pactado en las condiciones particulares. El precio será pagado al término del contrato una vez entregado el vehículo. Sin perjuicio de lo anterior, dado que el presente contrato es a plazo fijo, de acuerdo a lo estipulado el clausula siguiente, se cobrara el precio total pactado en las condiciones particulares, aunque el cliente entregue el vehículo anticipadamente. Asi mismo el cliente autoriza a la arrendadora para proceder a la facturación del contrato desde la entrega de este. 

QUINTO: Duración:
 El contrato entra en vigencia desde la entrega del vehículo al cliente y tendrá la duración establecida en las condiciones particulares. El cliente deberá entregar el vehículo en el mismo lugar que se le entrego, salvo estipulación en contrario en las condiciones particulares, en cuyo caso el cliente deberá pagar la tarifa pactada al efecto. El presente contrato es a plazo fijo, de manera que su entrega anticipada no libera del total del precio, salvo acuerdo expreso de la arrendadora. Así mismo el arrendador podrá poner término anticipado y en cualquier tiempo al contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones por parte del arrendatario y especialmente de las prohibiciones establecidas en la cláusula novena, pudiendo tomar posesión del vehículo donde se encuentre sin necesidad de notificación legal ni procedimiento judicial previo. 

SEXTO: Prórrogas del contrato:
 El cliente podrá pedir al arrendador prórroga del contrato de arrendamiento, por escrito o mediante correo electrónico. El arrendador podrá acceder a la prórroga, lo cual comunicara también por escrito o mediante correo electrónico al cliente, siempre que haya disponibilidad para ello, en cuyo caso se cobrara prórroga, pues esta dependerá de la disponibilidad de flota. La mera solicitud de la prórroga por parte del cliente no constituye por sí misma, prórroga del contrato. 

SÉPTIMO: Restitución del Vehículo:
 El arrendatario se obliga a devolver el vehículo en perfecto estado de funcionamiento, con todos sus accesorios, documentos y en general en el mismo estado que se le entrego, al término de este contrato. Asimismo, el cliente deberá entregar el vehículo con la misma cantidad de combustible con lo que fue entregado, o bien deberá pagar la diferencia según lo establecido en las condiciones particulares. En caso de que el cliente no entregue el vehículo el día pactado, deberá pagar el doble de la tarifa diaria pactada, por cada día o fracción de día de atraso, además de resarcir a la arrendadora por los perjuicios que este incumplimiento le pueda traer. No obstante, la falta de entrega a la hora señalada facultara a la arrendadora para retirar el vehículo desde donde se encuentre, sin necesidad de notificación, ni procedimiento judicial previo, Asimismo, la arrendadora estará facultada para realizar las denuncias y querellas correspondientes por apropiación indebida. 

OCTAVO: Declaración de habilidad para conducir:
 El cliente declara que él y los conductores adicionales autorizados en las cláusulas particulares, poseen los conocimientos y están habilitados legalmente para conducir el vehículo arrendado, y asimismo, se obligan a conducirlo con pleno respeto a las leyes del tránsito. 

NOVENO: Prohibiciones:
 Al cliente le queda prohibido: 1. Utilizar el vehículo para uso comercial, de carga o para un uso distinto al pactado en presente contrato. 2. Transportar cargas peligrosas en el vehículo. 3. Conducir el o las personas autorizadas por este, el vehículo bajo la influencia del alcohol, de sustancias estupefacientes o de cualquier otra sustancia que altere sus capacidades para la conducción. 4. Conducir o trasladar el vehículo fuera del territorio nacional, salvo que se acuerde expresamente y por escrito este servicio. 5. Hacer modificaciones o reparaciones por sí mismo al vehículo. 6. Utilizar el vehículo para actividades ilícitas o peligrosas como apuestas, carreras, etc. 7. Remolcar otros vehículos. 8. Dejar abandonado el vehículo en caso de siniestro, avería o por cualquier otra causa. 

DÉCIMO: Responsabilidades y riesgos del contrato:
 El cliente será el único responsable por los daños y perjuicios que se irrogue a la arrendadora y a terceros a causa de la conducción o uso que realice del vehículo, liberando desde ya de toda responsabilidad a la arrendadora. En caso de que la arrendadora resulte obligada a pagar cualquier indemnización o multa derivadas del uso del vehículo por parte del cliente, podrá repetir lo pagado en contra de este y de mandar los perjuicios que este le haya ocasionado. El cliente no podrá eximirse de esta responsabilidad bajo pretexto de haber sido utilizado el vehículo contra su voluntad o sin su consentimiento. Así mismo, el cliente asume el riesgo por la tenencia del vehículo, siendo de su cargo todos los daños que ha este le ocurra, incluido los daños a los accesorios, parabrisas, neumáticos, perdida de las llaves, etc. El cliente será así mismo responsable por cualquier infracción a la ley del tránsito durante la tenencia del mismo.   

DÉCIMO PRIMERO: Seguro Básico:
 El presento contrato incluye un seguro de cobertura básica de daños a terceros y responsabilidad civil extracontractual. En caso de siniestro el cliente es obligado al pago del deducible correspondiente. La arrendadora podrá hacerse pago del deducible con cargo a la garantía que el cliente deja en el acto de la contratación. 

DÉCIMO SEGUNDO: Obligaciones en caso de siniestro:
 En caso de siniestro el cliente es obligado a dar inmediata noticia a la autoridad policial, salvo impedimento grave debidamente justificado y en todo caso, antes de 24 horas desde la ocurrencia del siniestro. Así mismo, el cliente deberá comunicar inmediatamente el siniestro a la arrendadora, salvo por daños menores como a los accesorios del vehículo. El cliente deberá entregar a la compañía la constancia del siniestro ante la autoridad policial. El cliente estará además obligado a cumplir con las exigencias que requiera la compañía de seguros para proceder al pago del seguro. En caso de daños menores, la arrendadora podrá cobrar al cliente los gastos de reparación con cargo a la garantía, previa evaluación técnica de la arrendadora. 

DÉCIMO TERCERO: Garantía:
 El cliente previo a la entrega del vehículo, constituye una garantía mediante tarjeta bancaria. Atreves de este instrumento y en este acto el cliente entrega mandato mercantil irrevocable para cobrar con cargo a dicha garantía, todo gasto que impliquen los daños producidos al vehículo, a cobrar el o los deducibles que deban pagarse para hacer efectivo los seguros y en general para asarse pago de cualquier gasto en que deba incurrir la arrendadora y que sea responsabilidad del cliente.

DÉCIMO CUARTO: Declaración de información del contrato: El cliente declara haber sido informado totalmente de las condiciones de contratación y de las características del vehículo entregado, no teniendo reclamos que hacer al respecto. 

DÉCIMO QUINTO: Jurisdicción:
 Para todos los efectos legales las partes fijan domicilio en la comuna de Puerto Montt y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia.